Autorización en Muladares

Autorización para el envío a muladar de cadáveres de ganado, para la alimentación de especies necrófagas.

Aportar cadáveres de tu ganado a los muladares autorizados supone un beneficio para tu explotación y contribuye a la mejora del medio ambiente.

Desde el Colectivo Azálvaro trabajamos para apoyar la ganadería como actividad que mejora la biodiversidad y contribuye a la coexistencia con la vida salvaje. Queremos informarte sobre el Decreto 17/2013, del 16 de mayo, que desarrolla y regula en Castilla y León el uso de determinados Subproductos Animales No Destinados Al Consumo Humano (SANDACH) para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario.

Podrán usarse cadáveres de animales para la alimentación de necrófagas en muladares, se trata de zonas valladas y acondicionadas expresamente para la alimentación de aves carroñeras donde los ganaderos tanto de explotaciones en extensivo como en intensivo pueden depositar de forma controlada y previamente autorizados cadáveres de animales. El objetivo principal del Colectivo Azálvaro es la conservación de las aves carroñeras y sus hábitats, y por ello queremos animarte a solicitar a la Junta de Castilla y León la autorización para el envío de los cadáveres de tu explotación a muladares, con el fin de conseguir los siguientes OBJETIVOS COMUNES:

  • Captación de nuevas explotaciones ganaderas, con el objeto de contribuir a la creación o mejora de muladares, para el aporte de cadáveres procedentes de explotaciones de ganadería intensiva y/o extensivas.
  • Renovación mediante la firma de acuerdos de colaboración con la propiedad de explotaciones o establecimientos de ganadería de intensivo, para integrarse en el sistema de gestión ambiental ARCAN y realizar la trasformación y/o eliminación, o valoración energética, de los Sandach, en establecimientos inscritos en el Registro Nacional de establecimientos autorizados para la gestión de Sandach, a través del depósito autorizado en muladares.

A continuación te facilitamos la información que necesitas para poder realizar la tramitación de la solicitud.

¿Qué regula el Decreto 17/2013?

La posibilidad de enviar los cadáveres de los animales a los muladares autorizados, que sirven como puntos de alimentación suplementaria para aves necrófagas.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona responsable de una explotación ganadera, tanto en régimen intensivo como extensivo. La solicitud se llevará a cabo a través del gestor autorizado del muladar al que serán enviados los cadáveres.

¿A qué organismo debo dirigir la solicitud?

A la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. Puedes presentar la solicitud tanto en las Oficinas de Registro de la Junta de Castilla y León como a través de la sede electrónica de la Junta de Castilla y León. Asimismo, en el Registro del Ayuntamiento más cercano.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Entre el 1 y el 31 de enero de cada año. Para el año 2017 se ha ampliado el plazo, pudiendo presentar solicitudes hasta el 31 de diciembre de este mismo año.

¿Cuál es el plazo de respuesta?

6 meses. La Junta de Castilla y León notificará la resolución al interesado en el plazo de seis meses, por correo postal. Si en ese plazo el interesado no ha recibido respuesta, se considera autorizada la solicitud.

¿Qué obligaciones quedan contraídas?

Mantener un sencillo libro de registro de los cadáveres enviados al muladar. La explotación no estará sometida a ninguna medida específica de restricción de movimiento pecuario por motivos de sanidad animal, y cumplirá el programa de vigilancia de EETs.

Solicitud para imprimir y presentar en las oficinas de registro:

SOLICITUD PRESENCIAL DE AUTORIZACIÓN PARA ENVÍO DE SANDACH DE EXPLOTACIÓN GANADERA A MULADAR, PARA LA ALIMENTACIÓN DE ESPECIES NECRÓFAGAS DE INTERÉS COMUNITARIO

Solicitud electrónica, para rellenar y enviar por Internet:

SOLICITUD ELECTRÓNICA DE AUTORIZACIÓN PARA ENVÍO DE SANDACH DE EXPLOTACIÓN GANADERA A MULADAR, PARA LA ALIMENTACIÓN DE ESPECIES NECRÓFAGAS DE INTERÉS COMUNITARIO

Legislación aplicable:

Real Decreto 1632/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano

DECRETO 17/2013, de 16 de mayo, por el que se desarrolla en Castilla y León el uso de determinados subproductos animales no destinados al consumo humano para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario.

RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2017, de la Dirección General del Medio Natural, por la que se habilita un período extraordinario de solicitud de autorización para el uso de SANDACH de explotación ganadera para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en Castilla y León.